
“El retorno no implica una situación de desamparo de la madre y de la menor, sino todo lo contrario, Suiza dispone de medios de protección adecuados en todos los ámbitos a nivel policial, judicial, social y sanitario“

En IENEA Abogados, despacho especializado en sustracción internacional de menores y derecho internacional de familia, hemos logrado un nuevo caso de éxito consiguiendo que la Audiencia Provincial de Valencia confirme la restitución internacional de una menor trasladada ilícitamente desde Suiza a España.
Esta resolución confirma el derecho de nuestro cliente a que su hija regrese a su país de residencia habitual y refuerza la eficacia de nuestra intervención en procedimientos basados en el Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
Nuestro cliente, padre de la menor y residente en Suiza, acudió a nuestro despacho tras comprobar que la madre había viajado a España con autorización temporal, pero decidió no regresar con la menor, reteniéndola en territorio español sin su consentimiento.
Ante esta situación, iniciamos de forma inmediata un procedimiento de restitución internacional de menores, acreditando que:
- La menor tenía su residencia habitual en Suiza.
- Ambos progenitores ejercían la patria potestad compartida.
- El traslado a España era temporal y no autorizaba un cambio definitivo de residencia.
“El Juzgado estimó nuestra demanda y acordó el retorno inmediato de la menor a Suiza, desestimando el argumento del posible riesgo para la menor alegado por la parte contraria”

Como ya os contamos, en un post anterior, la madre recurrió la sentencia alegando la existencia de un supuesto riesgo grave para la menor si regresaba a Suiza.
Finalmente, hace apenas un par de semanas la Audiencia Provincial de Valencia desestimó íntegramente el recurso y confirmó el retorno, basándose en varios argumentos jurídicos clave que nuestra letrada Nuria Pérez argumentó, tanto en el acto de la vista en primera instancia como en el escrito de oposición al recurso de apelación:
- Confirmó que la residencia habitual de la menor estaba en Suiza y que su retención en España fue ilícita.
- Recordó que el procedimiento de restitución es urgente y no puede paralizarse salvo circunstancias excepcionales.
- Señaló que las alegaciones de riesgo deben acreditarse de forma objetiva y que, en este caso, no existía prueba suficiente de riesgo grave para la menor.
- Destacó que el Convenio de La Haya de 1980 sobre Restitución de Menores no decide sobre la custodia, sino que garantiza que sea el país de residencia habitual el que adopte dichas decisiones.
- Reafirmó que el interés superior del menor exige restablecer la situación previa al traslado ilícito.
Como resultado, la Audiencia confirmó íntegramente la restitución internacional y condenó en costas a la parte recurrente. De esta forma, serán finalmente los Tribunales suizos los que se pronuncien sobre la custodia de la menor.
Este caso demuestra la importancia de contar con un despacho con experiencia real en procedimientos de restitución internacional de menores, donde la estrategia jurídica y la rapidez son determinantes.

Derecho de familia
En IENE Abogados intervenimos en procedimientos de restitución internacional de menores conforme al Convenio de La Haya, protegiendo los derechos del menor y de los progenitores.



