Que hacer con los vecinos ruidosos

1, Mar 2019 | 0 Comentarios

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Problemas con los vecinos ruidosos

Uno de los mayores problemas a los que nos podemos enfrentar en las comunidades de propietarios es al ruido causado por el vecino. Música y fiestas en horario nocturno, ensayos de un aficionado a la música, una actividad profesional ruidosa o simplemente un televisor a gran volumen todas las noches son situaciones más o menos comunes y cotidianas que pueden suponernos enormes molestias. Dejando de lado los problemas por transmisión de ruidos en viviendas nuevas que vengan causados por defectos constructivos (aislamientos insuficientes) o las acciones que pueda tomar el propietario directamente afectado, que trataremos próximamente en entradas independientes, nos ceñiremos ahora a aquellas situaciones que podemos “atacar” desde la perspectiva de la Ley de Propiedad Horizontal (en adelante LPH).

vecinos ruidosos

En cuando a las acciones previstas en la L.P.H., para poner freno a los “vecinos ruidosos” debemos entablar lo que técnicamente se conoce como acción de cesación, estando esta específicamente enfocada a combatir aquellas actividades ilícitas, insalubres, nocivas o molestas (ruidos) que puedan tener lugar en una vivienda y afecten al resto de los comuneros. Respecto a esta acción, debemos destacar una serie de características básicas a tener en cuenta:

  • Debe ser interpuesta por la Comunidad de Propietarios a través de su presidente.
  • Previamente debe ser alcanzado un acuerdo en junta de propietarios que legitime interponer demanda contra el “vecino ruidoso”.
  • Se establece como requisito indispensable un previo requerimiento extrajudicial (burofax) al propietario para que cese en las actividades molestas.
  • Si se estimase la demanda de la comunidad, se ordenaría la cesación de la actividad molesta, podría establecerse una indemnización de daños y perjuicios y podría darse incluso la privación del uso de la vivienda o local por un periodo de hasta tres años.
  • Si la vivienda infractora estuviese arrendada, la sentencia podría igualmente declarar resuelto el contrato de alquiler.
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Debe tenerse en cuenta que en estos casos resulta fundamental que la comunidad de propietarios cuente con las pruebas suficientes para demostrar al juez que efectivamente en determinada vivienda se están produciendo ruidos que sobrepasan los umbrales permitidos y resultan molestos para el resto de propietarios.En este sentido resultará clave contar con mediciones acústicas que objetiven la realidad de los ruidos.

A estos efectos podemos contar con un perito especialista en acústica que realice mediciones o bien solicitar a las autoridades municipales que las lleven a cabo, habida cuenta que muchos ayuntamientos cuentan con una policía medio-ambiental entre cuyas funciones se encuentra luchar contra la contaminación acústica. Esta última opción siempre resulta interesante, habida cuenta que si la medición es efectuada por agentes públicos siempre tendrá una consideración imparcial y objetiva por parte del juez.

En próximos posts trataremos los ruidos provenientes de defectos constructivos y además abordaremos la lucha contra los ruidos en la vivienda no desde la perspectiva comunitaria sino desde el punto de vista del propietario particular. Si tiene problemas de ruido en su vivienda un dude en consultarnos y buscaremos la mejor manera de solucionarlos.

Iván López Fernández
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