¿Son necesarios los abogados para custodia para perros u otras mascotas?

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En este momento no hay muchos abogados especializados en custodia de perros u otras mascotas, porque esta figura es algo realmente novedoso. La entrada de la ley sobre el régimen jurídico de los animales a finales de 2021 ha supuesto un cambio significativo, modificándose a su vez el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Los animales de compañía dejan de ser simples cosas a ojos de la ley, para convertirse en lo que realmente son: seres vivos dotados de sensibilidad. Entonces, solo les será aplicable el régimen jurídico de las cosas cuando esto sea compatible con su naturaleza y la protección que se les da.

Esto se da en un contexto en el que, en realidad, estos animales son un miembro más de la familia, con una relación especial con las personas que la forman, más allá de la simple propiedad. En este sentido, se le reconoce a los animales una serie de vínculos emocionales, que se traducen en derechos y tienen una especial cabida en los divorcios.

¿Existe entonces la custodia de perros u otras mascotas?

En realidad, la ley no utiliza la palabra “custodia” aunque a efectos prácticos la podemos usar, ya que el modelo que propone es muy parecido al que repercute a los hijos en común. En cierto modo, se extienden los efectos de separación sobre los hijos a los animales en común. Aunque hay que pactar todos los detalles.

Es decir, se decide sobre quién cuidará al animal, quién se hará cargo de sus gastos, régimen de visitas… Es, a todos los efectos, una custodia de animales de compañía, aunque no reciba literalmente tal nombre.

La principal diferencia es que en el caso de los animales, si las partes deciden que solo uno de los cónyuges se quedará con el animal (haciéndose cargo de sus gastos y cuidados), no existe ningún tipo de responsabilidad por la otra parte. Podrá desvincularse completamente del animal, si así lo quiere. Esto no sería posible en el caso de los hijos, donde siempre existen deberes para con el pequeño.

¿Quién se queda la custodia del perro u otros animales?

Lo ideal sería que la pareja eligiese la respuesta a esta pregunta y así lo recogiese en el convenio regulador, que va a reunir todos los acuerdos que regirán tras el divorcio. De esta manera, de mutuo acuerdo, podrán decidir si el animal vivirá solo con uno de ellos, si se lo turnarán o cualquier otro destino que consideren adecuado.

La titularidad del animal no tiene ningún tipo de importancia aquí, a no ser que la pareja no esté casada. En este sentido, no existe vínculo legal entre las dos personas por lo que su regulación no podrá incluirse en un convenio de divorcio o separación. Ahora bien, cabe la opción de iniciar igualmente un procedimiento judicial que debata exclusivamente sobre las estancias del perro común.

La entrada de la ley es muy reciente y habrá que estar a lo que los juzgados vayan interpretando a cada paso. Por eso, es importante asesorarse del caso concreto en el momento concreto.

¿Qué pasa si no hay mutuo acuerdo?

Si no se llega a un acuerdo entre las partes, al igual que ocurre con los hijos en común, será el juez el que decidirá el futuro del animal, velando por su bienestar.

En este sentido, se tendrá en cuenta si hay hijos en común. Es posible que el futuro del animal se ligue en cierto modo al de los niños, ya que normalmente la separación de sus padres ya es un golpe lo suficientemente duro y se intenta que no se le separe también de su mascota. De todos modos, esto se valorará en cada caso, teniendo todas las variables en cuenta.

Así también se mirará quién cuidaba al animal antes de la separación, el tiempo del que cada uno dispone para poder afrontar el cuidado de la mascota, la liquidez económica de cada parte…

¿Se puede cambiar de decisión?

Al igual que ocurre con cualquier otro punto del convenio regulador, se podrán modificar las medidas a medida que el contexto varíe. Con el paso de los años, los horarios y las realidades de cada parte irán variando. Es importante que el convenio se adecúe a la realidad por la que se vaya pasando. Lo ideal será siempre hacer una revisión y modificar el documento de mutuo acuerdo. Si no es posible, habrá que ir a juicio.

Como decimos, es un tema muy novedoso y no hay muchos abogados especializados. Por este mismo motivo, es necesario contar con aquellos que han sido pioneros y están al tanto de esta actualización. Esta será la mejor manera para que el futuro de tu perrito u otra mascota esté en buenas manos. Contacta con nosotros para que podamos asesorarte.

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Nuria Pérez Melego

Socia fundadora de IENE Abogados, Licenciada en Derecho, Máster en el ejercicio de la Abogacía, abogada turno de oficio en penal y miembro activo de la fundación + 34

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