Divorcio entre español y extranjero en España
En un contexto cada vez más internacional, los matrimonios entre personas de distintas nacionalidades son una realidad habitual. Como consecuencia de ello, cada vez son más los divorcios con contenido internacional que acuden a nuestro despacho. Cuando surge la necesidad de poner fin a la relación, el divorcio internacional plantea retos jurídicos complejos que requieren un asesoramiento altamente especializado.
En IENE Abogados contamos con amplia experiencia en derecho de familia internacional, acompañando a clientes nacionales y extranjeros en procedimientos de divorcio con elementos transfronterizos, garantizando un enfoque estratégico, discreto y eficaz.
A continuación resolveremos las cuestiones iniciales que son fundamentales para obtener el mejor resultado en un proceso de tan complicadas características.
1. Cuándo puede tramitarse el divorcio en España
Uno de los primeros aspectos que debe analizarse es si los tribunales españoles son competentes para conocer del divorcio. Esta cuestión es clave, ya que influye directamente en el desarrollo del procedimiento y, en muchos casos, en el resultado final.La competencia judicial internacional se rige principalmente por el Reglamento (UE) 2019/1111 (Bruselas II ter), cuyo artículo 3 establece los criterios aplicables.
“Es importante que tengamos en cuenta que hablamos de qué país es competente para pronunciarse sobre el divorcio, pero no sobre otras medidas como puede ser custodia de los menores, obligaciones económicas, etc.. pues puede ocurrir que un país sea competente para pronunciarse sobre el divorcio, pero no sobre la custodia de los hijos comunes.”

Pues bien, el artículo 3 del Reglamento Bruselas II Ter centra el criterio a partir del cual se fijará la competencia para el divorcio en la “residencia habitual de los cónyuges”. Para poder determinar ésta recoge una serie de criterios o foros alternativos a lo cuales los cónyuges podrán acogerse si quieren que sea España el país competente para el divorcio:
- Ambos cónyuges residen habitualmente en España.
- El último lugar de residencia común fue España y uno de ellos continúa residiendo aquí.
- El demandado tiene su residencia habitual en España.
- En caso de solicitud conjunta, uno de los cónyuges reside en España.
- El demandante reside en España desde hace al menos un año (o seis meses si es español).
Una correcta elección de la jurisdicción es esencial. En muchos casos, iniciar el procedimiento en el país adecuado puede marcar una diferencia significativa en términos económicos y personales.
2. Qué ley se aplica al divorcio

Además de determinar el tribunal competente, es fundamental identificar qué legislación regirá el divorcio. Pues puede ocurrir que un tribunal español deba aplicar una ley extranjera.
Esta cuestión se regula por el Reglamento (UE) nº 1259/2010 (Roma III), que permite una notable flexibilidad ya que permite por un lado elegir la ley aplicable al divorcio, y en defecto de acuerdo fija unos criterios subsidiarios para su determinación.
Elección de la ley aplicable
El artículo 5 del Reglamento Roma III permite a los cónyuges acordar la ley aplicable, siempre y cuando ésta sea:
- La ley del país de residencia habitual.
- La ley del último lugar de residencia habitual.
- La ley de la nacionalidad de cualquiera de los cónyuges.
- La ley del tribunal que conoce del procedimiento.
Esta elección estratégica puede tener un impacto directo en cuestiones económicas, tiempos de resolución y configuración del divorcio, por lo que es fundamental incluso contar con un buen asesoramiento previo a la separación o divorcio que evite sorpresas inesperadas futuras.
Determinación en ausencia de acuerdo
Si no existe acuerdo, el artículo 8 establece criterios subsidiarios en lo que sigue primando la residencia habitual de los cónyuges al momento de presentar la demanda:
a) en que los cónyuges tengan su residencia habitual en el momento de la interposición de la demanda o, en su defecto,
b) en que los cónyuges hayan tenido su última residencia habitual, siempre que el período de residencia no haya finalizado más de un año antes de la interposición de la demanda, y que uno de ellos aún resida allí en el momento de la interposición de la demanda o, en su defecto;
c) de la nacionalidad de ambos cónyuges en el momento de la interposición de la demanda o, en su defecto, d) ante cuyos órganos jurisdiccionales se interponga la demanda.
d) ante cuyos órganos jurisdiccionales se interponga la demanda.
En esta ocasión no hablamos de criterios alternativos, sino que tendremos que analizar uno por uno en el orden establecido para determinar la ley aplicable.
3. Procedimiento legal del divorcio
En España, el divorcio puede tramitarse de dos formas: de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.
“En artículos anteriores os explicamos con detalle tanto el divorcio de mutuo acuerdocomo el proceso contencioso. No obstante, a continuación, incluiremos unas pinceladas básicas de ambos procesos.”

“En artículos anteriores os explicamos con detalle tanto el divorcio de mutuo acuerdo como el proceso contencioso. No obstante, a continuación, incluiremos unas pinceladas básicas de ambos procesos.”
Divorcio Mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo, regulado en los artículos 81 y 82 del Código Civil, es la vía más recomendable cuando existe entendimiento entre las partes en cuanto a las medidas inherentes al divorcio.
El acuerdo entre las partes permite:
- Minimizar el impacto emocional, especialmente cuando hay hijos.
- Reducir tiempos y costes.
- Mantener el control sobre las decisiones.
Se formaliza mediante un convenio regulador (artículo 90 del Código Civil) y puede tramitarse judicialmente o ante notario (artículo 87 del Código Civil), cuando se cumplen los requisitos legales.
En el ámbito internacional, esta opción es especialmente ventajosa, al evitar conflictos derivados de la aplicación de distintas legislaciones y permitir la intervención de profesionales que manejan legislaciones y procesos de diferentes países.
Divorcio contencioso
Cuando no existe acuerdo, se recurre al divorcio contencioso (artículo 86 del Código Civil), tramitado conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En estos casos:
- Cada parte cuenta con su propia representación legal ( abogado y procurador).
- El juez adopta las decisiones sobre hijos, bienes y medidas económicas.
- El procedimiento es más largo y requiere una estrategia procesal sólida.
En divorcios internacionales, la complejidad aumenta, especialmente cuando existen bienes en distintos países o cuestiones de custodia internacional, pudiendo incluso llegar a plantearse conflictos de competencia internacional que nos obligue a pleitear en países diferentes sólo para dilucidar la fase previa de determinación de la competencia judicial internacional.
4.Distintas materias, diferentes convenios.
Los divorcios internacionales requieren un análisis integral que va más allá del procedimiento básico pues como os decíamos anteriormente cada una de las materias derivadas del divorcio requiere la aplicación de normativa internacional distinta que puede conllevar tribunales de países distintos y legislaciones diferentes.
- Custodia internacional de menores: Convenio de La Haya de 1996 y Convenio de La Haya de 1980 (para casos de sustracción internacional)
- Pensiones de alimentos: Reglamento (CE) nº 4/2009
- Régimen económico matrimonial: Reglamento (UE) 2016/1103 ( matrimonios con bienes en varios países)
- Reconocimiento internacional de la sentencia: Convenio de la Haya de 1996
Enfoque estratégico y asesoramiento especializado
Cada divorcio internacional es único y requiere una estrategia personalizada que tenga en cuenta:
- La jurisdicción más favorable.
- La ley aplicable más conveniente.
- La protección de los intereses económicos y familiares.
En IENE Abogados trabajamos con un enfoque internacional, ofreciendo un asesoramiento cercano, riguroso y orientado a resultados, especialmente dirigido a clientes que buscan un servicio jurídico de alto nivel.

Abogados de divorcio
Contar con un despacho especializado en derecho de familia internacional permite afrontar el proceso con seguridad, anticipación y garantías.
Si se encuentra en esta situación, le recomendamos analizar su caso desde el inicio con asesoramiento experto para tomar decisiones informadas y proteger adecuadamente sus intereses.



