
“La situación de la demandada puede justificar una prolongación de su estancia para denunciar los hechos que hayan podido tener lugar en España o para contar con el apoyo de sus familiares en esos momentos, pero no le permiten adoptar unilateralmente la decisión de trasladar la residencia de la menor a España de manera definitiva”

Un Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valencia ha estimado la demanda de restitución internacional planteada por IENE Abogados reclamando el traslado de la menor a su país de residencia.
En esta ocasión, iniciamos una demanda de restitución internacional al amparo del Convenio de la Haya de 1980 habida cuenta de la retención ilícita que la progenitora materna estaba llevando a cabo sobre la menor, negándose a reintegrarla a su país de residencia. Si bien es cierto que la madre contaba con autorización para viajar a España, existía un acuerdo de ambos progenitores sobre la fecha de regreso de la menor a su país de residencia habitual; extremo éste que fue incumplido por la madre de la menor.
La madre argumentó su negativa intentando ampararse en el motivo de excepción a la restitución que contempla nuestro Convenio de la Haya de 1980 en su art. 13.b, alegando que la restitución supondría un grave riesgo para la menor tanto físico como psicológico.
Como hemos comentado en varios de nuestros artículos, el principio general que defiende el mencionado Convenio es la restitución inmediata del menor que ha sido sustraído o retenido ilícitamente, existiendo concretas excepciones a esta situación, (como la alegada que recoge el art. 13 b) que permiten en casos concretos acordar la no restitución.
No obstante, es necesario que esa situación excepcional sea probada de forma clara y contundente, pues de lo contrario operara el principio general de restitución del menor.

Esto es lo que ha ocurrido en el presente caso, en el que pese a alegar de forma reiterada la progenitora materna ese supuesto riesgo para la menor que conllevaría la restitución no existía prueba suficiente que respaldara su postura. De hecho, muy al contrario, esta parte consiguió demostrar las contradicciones de la demandada y circunstancias que recomendaban lo contrario, la restitución de la hija común.
Esta argumentación expuesta por Ia abogada de familia internacional Nuria Pérez, ha sido acogida en su integridad por su señoría dictando una sentencia estimatoria de todas nuestras pretensiones, contra la que la parte contraria ha interpuesto recurso y se encuentra pendiente de resolver.

Restitución internacional de menores
Asesoramos y defendemos a progenitores en procedimientos de restitución internacional al amparo del Convenio de La Haya de 1980.



