¿Qué hacer cuando no funciona la custodia compartida?

En España, el régimen de guarda y custodia compartida constituye el sistema general y no excepcional de guarda y custodia de los menores, pues es el régimen que mejor protege el interés superior del menor y, en palabras del Tribunal Supremo (Sentencia n.º 257/2013, de 29 de abril), “permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea”.

Sin embargo, este sistema no siempre funciona como se espera, y genera problemas y tensiones entre progenitores e hijos. 

En este artículo analizaremos cuáles son las ventajas que ofrece el sistema de guarda y custodia compartida, cuáles son los problemas que pueden surgir, las consecuencias para los menores, y las soluciones que se pueden adoptar.

Beneficios del sistema de guarda y custodia compartida

En palabras del Tribunal Supremo (Sentencia de 2 de julio de 2014), el objetivo de la custodia compartida es “garantizar al tiempo a sus padres la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, lo que parece también lo más beneficioso para ellos”.

Esta misma Sentencia concreta las ventajas que la custodia compartida presenta frente al régimen de custodia exclusiva, cuáles son:

1. Se fomenta la integración del menor con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia. 

2. Se evita el sentimiento de pérdida. 

3. No se cuestiona la idoneidad de los progenitores. 4. Se estimula la cooperación de los padres, en beneficio del menor.

Señales de que la custodia compartida no está funcionando

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Aunque siempre habrá que analizar las circunstancias del caso concreto, existen algunas señales comunes que pueden indicar que el régimen de custodia compartida no está funcionando, y paralelamente ha dejado de ser beneficioso para el menor.

Estas señales comunes son:

  • Conflictos constantes entre los padres, que dificultan la toma de decisiones conjuntas.
  • Incumplimiento reiterado del régimen acordado, como retrasos, cambios unilaterales o falta de comunicación.
  • Problemas de adaptación del menor, que muestra ansiedad o rechazo a estar con uno de los progenitores.
  • Cambios negativos en el comportamiento, como bajo rendimiento escolar, irritabilidad o aislamiento.

¿Qué consecuencias tiene para los menores?

Cuando la custodia compartida falla y surgen problemas y tensiones en el núcleo familiar, los principales afectados son los menores en común. La exposición continua a tensiones o a un entorno inestable puede provocar:

  • Inseguridad emocional y confusión.
  • Dificultades para establecer rutinas.
  • Problemas académicos o de conducta.
  • Daño en la relación con uno o ambos progenitores.

Por ello es crucial actuar a tiempo y con la orientación adecuada.

¿Qué hacer en estos casos?

Cuando se detectan los primeros problemas derivados del ejercicio de la guarda y custodia conjunta, es esencial contar con un abogado especializado en derecho de familia que te asesore debidamente y que te informe de cómo actuar para evitar mayores perjuicios a los menores afectados, y de las posibilidades legales para poner fin al conflicto.

En líneas generales, si la custodia compartida es insostenible tanto para los progenitores como para los menores afectados, la solución pasará por modificar el régimen y que sea uno de los progenitores el que ostente la custodia exclusiva sobre los menores en común.

«La modificación de esta medida se podrá hacer de forma amistosa, cuando los progenitores suscriben un nuevo convenio regulador y modifican el régimen de guarda y custodia anterior.

En el caso de que no sea posible llegar a un acuerdo entre los progenitores, es necesario acudir a la autoridad judicial y presentar una demanda de modificación de medidas, donde será un Juez el que decida sobre la procedencia del cambio en la guarda y custodia, en base a las pruebas aportadas que acrediten haberse producido un cambio sustancial en las circunstancias, y si se considera procedente, tras haber escuchado al menor o menores implicados (introducir enlace a post sobre derecho menor a ser oído), valorando el interés superior de estos.
«

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En algunos casos, la custodia compartida no es la mejor opción. Factores como el conflicto entre progenitores, la falta de comunicación o el bienestar del menor pueden hacer inviable este modelo.

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Abogada Emma
Emma Gallego

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid en 2018. Oposición a la Carrera Judicial y Fiscal. Años 2018-2022. Máster de Acceso a la Abogacía. Años 2022-2024.

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